A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Gerardo Lizarazo Salazar·Demandado Centro De Servicios Administrativos De Epms Bucaramanga Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán.
Encontró la Corte que en este asunto sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera autoridad se apartó del conocimiento del asunto con base en las reglas de reparto establecidas en el Decreto 333 de 2021.
Se resuelve el caso con la remisión del expediente a Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga para que, de manera inmediata, tramite y adopte en primera instancia la decisión que en derecho corresponda.
Se hace una advertencia a esta Corporación para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 21 de junio de 2023 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en el trámite de la acción de tutela instaurada por el señor Gerardo Lizarazo Salazar.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4454 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga para que, de manera inmediata, tramite y adopte en primera instancia la decisión que en derecho corresponda.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes y a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.